Anualidades para solicitudes de patentes que han sido denegadas por la autoridad administrativa
Mediante Resolución CD-IEPI-02-126 promulgada en el Registro Oficial No. 733 de Diciembre 27, 2002, el Directorio del Instituto Ecuatoriano de Propiedad Intelectual– IEPI – resolvió que el pago de anualidades no será aplicable para aquellas solicitudes de patentes denegadas por la autoridad administrativa pero en proceso de apelación ante el Tribunal Contencioso Administrativo.
Se resolvió también que si el Tribunal Contencioso Administrativo acepta el registro de la patente, el solicitante deberá hacer pagos retroactivos de las correspondientes anualidades a partir de la fecha en que se negó la solicitud de patente.
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