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Guatemala
  

La enajenación de derechos de propiedad industrial en Guatemala

March 07, 2017

Los signos distintivos son reconocidos como un derecho patrimonial, dentro de los derechos que posee el titular sobre ellos, es cederlos a través de cualquier clase de contrato y por cualquier condición o plazo.

La Ley Guatemalteca exige que el contrato debe de constar por escrito. Comúnmente en Guatemala, se realiza a través de un documento privado con legalización de firmas o una escritura pública. Con respecto al negocio jurídico que diera forma legal, puede ser una compraventa de derechos o una cesión de derechos.

Esta cesión de derechos o enajenación, necesita para su validez la inscripción en el registro de marcas de dicha transferencia de la titularidad.

Según la ley de la materia la solicitud de inscripción de una enajenación o cesión deberá de contener:

a) El nombre, razón social o denominación del titular registrado y del nuevo titular o el nuevo nombre, razón social o denominación del titular y sus direcciones;

b) La marca o marcas afectados por el traspaso e indicación de sus registros o del número de expediente en que se tramitan; y

c) Título en virtud del cual se efectúa el traspaso

La enajenación de una marca puede hacerse total o parcial con respecto a todos, alguno o uno de los productos o servicios para los cuales está inscrita la marca.

García & Bodán

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