República Dominicana cuenta con moderna Ley de Insolvencia
El pasado 7 de agosto fue promulgada por el Congreso Nacional de la República Dominicana la nueva Ley de Reestructuración y Liquidación de Empresas y Personas Físicas Comerciantes (en lo adelante, “Ley No. 141-15”), la cual deroga y sustituye las disposiciones del Código de Comercio y la Ley No. 4582 de 1956 sobre Declaración de Estado de Quiebra, un obsoleto régimen para regular procesos de quiebra que data del siglo 19. El antiguo régimen únicamente contemplaba la liquidación del comerciante y no disponía la posibilidad de reestructuración del deudor. La nueva Ley constituye una moderna herramienta que introduce significativas reformas a los procesos de insolvencia existentes, incorporando las recomendaciones de la Ley Modelo de la Comisión De Las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional (CNUDMI) de 1997 respecto de procedimientos de insolvencia internacionales o transfronterizos. La Ley No. 141-15, la cual entrará en vigencia el 7 de febrero de 2017, no aplica a entidades controladas por el Estado, asociaciones sin fines de lucro, o entidades regidas por leyes especiales.
La Ley No. 141-15 contempla dos procedimientos distintos: la reestructuración de entidades que enfrenten dificultades financieras temporales, y la liquidación de entidades insolventes incapaces de continuar operando. La Ley establece la obligación del deudor de solicitar su reestructuración conforme los términos de la Ley previo al inicio de un procedimiento de liquidación involuntario, aunque la persona a cargo de verificar la situación financiera del deudor podrá recomendar su liquidación inmediata bajo circunstancias específicas.
La nueva Ley establece la suspensión de toda acción legal o procedimiento de ejecución contra los bienes y derechos del deudor durante el proceso de reestructuración, así como la ejecución supervisada de un plan de reestructuración que podrá extenderse hasta por cinco años. Además, la nueva Ley: crea nuevos tribunales con competencia exclusiva para conocer de todas las cuestiones relativas al proceso de insolvencia; contempla la designación de conciliadores, verificadores, expertos y representantes de los trabajadores; permite que el deudor contraiga nuevas deudas, las cuales tendrán un estatus súper-prioritario respecto de otros créditos garantizados y no garantizados del deudor; estipula sanciones civiles y penales por su incumplimiento; y contempla la posibilidad de coordinar procedimientos transfronterizos.
Mary Fernández, socia de Headrick Rizik Alvarez & Fernández comenta que “esta ley pone a la República Dominicana a la vanguardia de los países que abogan por un crecimiento económico a través del establecimiento de reglas de derecho claras”. La Ley No. 141-15 servirá para salvar empresas que antes sólo podían someterse a un proceso de liquidación largo e ineficiente a través del cual los acreedores recuperaban menos de una tercera parte de lo invertido (a una tasa de recuperación de 9.3 centavos por cada dólar estadounidense invertido, de acuerdo al reporte Doing Business 2015 publicado por el World Bank Group). La nueva Ley No. 141-15 no sólo permitirá conservar los empleos existentes sino que también incentivará la creación de nuevas plazas, y servirá como incentivo para inversionistas extranjeros quienes ahora contarán con la seguridad de que ante dificultades financieras, la recuperación de su inversión estará sujeta a un procedimiento justo, efectivo y previsible.
Headrick Rizik Alvarez & Fernandez
Founded 20 years ago by Ana Trigas, Latin Counsel is the premiere bilingual international Digital Legal Platform
Suscribe to our newsletter;
Our social media presence