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Lucciana Fuscaldo, Asociada Junior
Godoy Hoyos | Colombia
 

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La Regulación de la Inteligencia Artificial en Colombia ¿Es en realidad un paso necesario?  

Desde hace más tiempo del que reconocemos hemos estado rodeados del impacto de la Inteligencia Artificial (IA). Empezando por la Inteligencia Artificial estrecha que utilizamos a diario (como las aplicaciones que nos indican cómo ir de un lugar a otro, un traductor, o las herramientas de reconocimiento de imágenes), la IA general que desarrolla cualquier tipo de actividad cognitiva, hasta la más cuestionada y trabajada actualmente, la superinteligencia artificial, aquella que reemplaza actividades hoy ejecutadas por seres humanos de una forma más eficiente.


La IA entendida como una actividad cognitiva desarrollada por un sistema experto capaz de tomar la mejor decisión basada en información y programación previa, o un sistema autónomo inteligente que aprende de la información que se le brinda, es una de las herramientas tecnológicas que, en Colombia, sobre todo en el sector gobierno, desde hace varios años se trabaja por implementar. Prueba de esto es que desde el 2020 se discute sobre el proyecto de Ley "Por medio de la cual se establecen los lineamientos de política pública para el desarrollo, uso e implementación de Inteligencia Artificial". Ahora el Proyecto de Ley 253 de 2022.

De acuerdo con un ranking realizado por la Organización de la Cooperación para el Desarrollo Económico (OCDE) en el estudio y nivel de adopción de la IA en diferentes países, Colombia, en sector Gobierno, fue rankeado como el país número uno en el uso y la implementación de IA en sus procesos. Sin embargo, no es secreto que el país aún enfrenta grandes desafíos abordando la formulación y la gestión de proyectos que incluyan el uso de la IA. Sobre los que en el presente artículo se presenta una breve discusión.

Riesgos vs. Prevención; en armonía con el Ordenamiento Jurídico Colombiano

Es sabido que el desarrollo y la implementación de la IA causa gran impacto en la toma de decisiones frente a los diferentes actores de la sociedad, por ejemplo: las decisiones políticas, de empleo y medios de empleo, salud, acceso a la información, impacto ambiental y, sobre todo, las decisiones relacionadas con los derechos humanos. Precisamente por el impacto que genera, las entidades públicas y privadas enfrentan retos que sin duda interfieren en la práctica, uso y desarrollo de los sistemas de la IA. Algunos de ellos:

1)- La confianza digital de los usuarios;
2)- El alcance de la conectividad del territorio colombiano a gran escala acompañado de transformación digital; y
3)- Lograr la cooperación entre los distintos actores para garantizar el manejo y la protección de datos. Riesgos diferentes que también han sido objeto de discusión son los relacionados al uso de la superinteligencia artificial como el control de esta por parte de un sector específico de la población, su uso como herramienta de poder, entre otras cosas.

En este sentido, el 21 de noviembre del 2021 la Unión Europea clasificó en tres niveles los riesgos a los que la IA puede exponer a la población, entre: (i) Riesgos inadmisibles; (ii) Riesgos altos y (iii) Riesgos admisibles o normales.
Es precisamente en este punto en dónde se enfrentan dos prioridades de diferentes extremos, por un lado, el uso y desarrollo de la IA y por el otro la seguridad de la ciudadanía. ¿Qué pasa entonces con la regulación de los desarrollos relacionados con IA? ¿debe regularse de manera estricta o son suficientes simples parámetros que den cumplimiento a los principios básicos ya establecidos en el ordenamiento jurídico?
Sin duda alguna debe existir una regulación mínima frente a la implementación de la IA, sin que esto interfiera con la práctica y el uso del desarrollo de los sistemas. Así ha sido señalado por la OCDE afirmando que todos los sistemas de IA deben respetar por lo menos el estado de derecho, la diversidad de la sociedad y los valores democráticos de las mismas de manera que no se pierdan los conceptos de una sociedad justa y equitativa.

¿Cómo alcanzar esto?

El proyecto de Ley 253 de 2022, realiza un análisis preventivo de los riesgos a los que nos vemos enfrentados, normas de enfoque apriorístico que plantean anticipadamente los escenarios y efectos del uso y la implementación de la IA para evitar que esta vaya en contravía de los principios y derechos de protección constitucional. Nada hacemos pues estructurando nuevas normas de tipo sancionatorio que no prevengan hechos dañinos, sino que busquen únicamente resarcir el daño ya causado, estructura que ya contienen la gran mayoría de normas de nuestro ordenamiento jurídico.
Si se quiere otorgarle una estructura más concreta a la forma en que los riesgos deben o no ser regulados, me tomo el atrevimiento de tener como base los riesgos clasificados por la Unión Europea, así: en dónde los aquellos riesgos clasificados como inadmisibles y altos deben, de manera obligatoria, ser no solo prevenidos sino reglamentados. Por otro lado, los riesgos admisibles, a los que ya nos vemos enfrentados por el uso de la IA estrecha deberían ser tratados mediante la prevención.
En la propuesta vigente interpuesta para establecer los lineamientos para el desarrollo y uso de IA en Colombia se avanza en este sentido, pues se dejan claros los siguientes parámetros: 

1. No se le otorga vida jurídica a ningún desarrollo de IA como persona natural o jurídica, por tanto, no se hace uso del concepto de la persona electrónica por reconocer la imposibilidad de asignar responsabilidades por efectos de reparación de daños a un desarrollo de IA.  

2. En línea con lo anterior, traslada la responsabilidad frente a daños a los responsables del uso, desarrollo e implementación de la IA. Así, quienes hacen uso de la IA son quienes deben asumir la responsabilidad que conlleva el uso de esta.

3. Para prevenir una regulación rígida que impida el desarrollo de la IA en el país, se establece un marco teleológico con fin común a través de postulados elaborados basados en políticas públicas, similar a un enfoque de soft law, que no limita los procesos evolutivos de la tecnología. Son entonces los mismos principios constitucionales la base del desarrollo del Proyecto de Ley presentado cómo lo son – la prevalencia de la inteligencia humana sobre la inteligencia artificial, preservación humana e igualada en el dato.

4. Se regula un tema que puede generar debates y que tiene que ver con la protección de datos generales y protección de datos personalísimos; en cuanto a la protección de datos generales podría ser cuestionable en la medida que para alimentar la inteligencia artificial se necesita de la información del titular y así contar con su autorización, pero en tanto la información de tipo general es de carácter público no sería propiamente bajo autorización sino de una protección de los derechos sobre la información; el mismo cuestionamiento sería frente a la reserva legal.

Regular ¿Para qué?

La regulación del desarrollo, uso e implementación de la IA en el país cada día se pone más sobre la mesa como tema central de discusión para el área legal y de la tecnología. Muchos en contra de su regulación por opinar que las leyes limitarán el desarrollo natural de estas invenciones, otros muchos estamos de acuerdo en que la regulación, adecuada a los principios constitucionales, y respondiendo a la realidad del país y las necesidades de los diferentes sectores (público y privado) brindará las herramientas necesarias para adoptar de manera adecuada todos los desarrollos relacionados con IA y así mismo optimizar el aprovechamiento de los recursos tecnológicos que se nos ofrecen a través de ella.
La regulación de la IA en el país abordaría: ámbitos económicos, como un estimulo tributario propio de las tecnologías emergentes y un estímulo para el desarrollo y uso de la tecnología; facilitaría la inversión pública y privada en desarrollo de la IA; facilitaría los medios para seguir abordando el ámbito gubernamental desde la implementación y uso de la IA para la democratización de los servicios a la ciudadanía, facilitar el acceso a los mismos y en el mismo sentido protegiendo y estimulando la innovación propia y la soberanía tecnológica nacional.
La realidad es que si aspiramos y soñamos con un país inmerso en los desarrollos actuales como lo es la transformación digital del estado para alcanzar mayor productividad estatal (con un uso adecuado de las herramientas que tenemos a disposición, claro está) el establecimiento de lineamientos y políticas públicas es, sin duda un paso innegociable que debemos dar.

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