Se aprueba Ley que busca dar impulso a las marinas y al desarrollo costero de Costa Rica
Se aprueba en segundo debate la Ley que busca dar impulso a las marinas y al desarrollo costero de Costa Rica.
Se podrá otorgar la concesión de una marina turística hasta por un plazo máximo de cuarenta (40) años prorrogable por períodos de veinte (20) años y para un atracadero turístico un máximo de treinta y cinco (35) años prorrogable por diez (10) años.
La concesión, sus edificaciones, mejoras e instalaciones podrán ser dadas en garantía por el concesionario, para efectos de solicitudes crediticias.
Las marinas podrán someter sus instalaciones al régimen de propiedad en condominio.
Se crea la licencia de charteo, la cual deberá ser pagada por las embarcaciones de bandera extranjera, autorizadas para desarrollar actividades de transporte acuático.
Las embarcaciones de bandera extranjera con eslora igual o superior a veinticuatro metros (24m), que su uso sea comercial o de entretenimiento y no transporte de carga mercantil, podrán desarrollar en aguas y territorio costarricense actividades de transporte acuático, buceo y de recreo, bajo la modalidad de arrendamiento o charteo.
Tripulación de las embarcaciones de bandera extranjera. Las autoridades gubernamentales deberán atender, en el lapso de diez días hábiles, las solicitudes de permiso de trabajo temporales para la tripulación de las embarcaciones de bandera extranjera, bajo el régimen de charteo, cuando así lo requieran.
Además, la Dirección General de Migración y Extranjería, a solicitud de la capitanía del puerto, podrá otorgar una categoría especial migratoria a favor de los trabajadores extranjeros de las embarcaciones que mantengan contratos con las marinas o los atracaderos turísticos, según las condiciones establecidas reglamentariamente.
BLP
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