Creado Registro Electrónico de Consultores (REC) por el MPC
En la Gaceta Oficial de la República Nº 38.108, de fecha 17 de Enero de 2005, se publicó la Resolución DM/Nº 364, emanada del Ministerio de la Producción y el Comercio (MPC), con fecha 6 de Diciembre de 2004, mediante la cual se crea el Registro Electrónico de Consultores (REC).
Vigencia: La nueva Resolución entró en vigencia con su publicación en la Gaceta Oficial, es decir, el 17 de Enero del año en curso.
Objeto: Se crea el Registro Electrónico de Consultores (REC), con fines estadísticos, para las personas naturales y jurídicas que presten servicios de consultoría a nivel nacional.
Relevancia: De conformidad con el artículo 3 de la Resolución que crea el REC, los organismos públicos deben exigir como requisito obligatorio para la contratación de servicios de consultaría con el Estado, la Constancia de Registro Electrónico de Consultores (REC) vigente.
Órgano a Cargo: El REC será llevado por el Servicio Autónomo Nacional de Normalización, Calidad, Metrología y Reglamentos Técnicos (SENCAMER).
Actualización: El REC debe ser actualizado anualmente, a fines de mantenerse en la base de datos y conservar el número de registro asignado.
Duración: La Constancia de Registro Electrónico de Consultores (REC) tendrá una vigencia de un (01) año, contado a partir de la fecha de su emisión.
Sanciones: Las infracciones a las normas de la nueva Resolución será sancionada por SENCAMER de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Sistema Venezolano para la Calidad.
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