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México
  

Nueva Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en Mexico

May 19, 2025

Von Wobeser y Sierra - El 16 de abril de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el "Decreto por el que se expide la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Austeridad Republicana; de la Ley de la Economía Social y Solidaria; y de la Ley General de Sociedades Cooperativas" (la "Nueva LAASSP"). La Nueva LAASSP busca modernizar y eficientar los procesos de contratación pública, incorporando nuevas figuras, procedimientos y plataformas de contratación. A continuación, se presentan los aspectos más relevantes de la Nueva LAASSP:

1. Modificaciones y nuevas figuras para los procedimientos de contrataciones. La Nueva LAASSP introduce modificaciones y nuevas figuras en los procedimientos de contratación para fortalecer la planeación y ejecución de las adquisiciones públicas, optimizar los recursos, fomentar la participación de sectores estratégicos y agilizar los procedimientos.

• Compras Consolidadas: Se crea un Comité de Contrataciones Estratégicas (el "Comité"), que aprobará anualmente qué bienes y servicios serán adquiridos bajo esta modalidad, buscando eficiencia y ahorro en los procedimientos de contratación.

• Acuerdos Marco: Se introduce la figura de acuerdos marco -la cual sustituye la figura de contratos marcos-, que serán gestionados a través de la Tienda Digital o Catálogos Electrónicos, permitiendo adquisiciones inmediatas y centralizadas.

• Ofertas subsecuentes de descuento: Anteriormente solo prevista para licitaciones públicas, la oferta subsecuente de descuento permitirá a los participantes mejorar sus cotizaciones económicas sin alterar especificaciones técnicas, también en los procedimientos de adjudicación directa e invitación a cuando menos tres personas.

• Interacción Previa a la Contratación: Las dependencias podrán celebrar diálogos estratégicos con proveedores potenciales antes del inicio del proceso formal de contratación, para negociar con los particulares términos y condiciones como la descripción de los bienes, condiciones de entrega, precios etc.

• Cotizante: Se introduce la figura del "cotizante", que representa a la persona física o moral que presenta formalmente una cotización y ratifica su interés en participar dentro del procedimiento de contratación.

• Nuevo criterio de evaluación de precios: Se determina que un precio será considerado como "no aceptable" en una propuesta cuando excede el presupuesto autorizado o está 10% por encima del promedio de mercado. Anteriormente, solo estaba limitado al 10% de valor promedio de mercado.

2. Transformación Digital: Nueva Plataforma Digital de Contrataciones y Tienda Digital del Gobierno Federal. Se crea la Plataforma Digital de Contrataciones Públicas (la "Plataforma"), que sustituye a CompraNet como el único sistema autorizado para todas las etapas del proceso de contratación: planeación, presupuestación, adjudicación y administración. La Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno (la "Secretaría") regulará su operación. Asimismo, se crea la Tienda Digital del Gobierno Federal, la cual fungirá como la plataforma a través de la cual se realizarán adquisiciones de bienes o servicios de forma más ágil y expedita a través de ordenes de suministro/servicio.

3. Nuevos procedimientos especiales de contratación pública. La Nueva LAASSP también incorpora nuevos procedimientos para atender necesidades específicas de contratación pública en proyectos de alta complejidad, situaciones de urgencia, o compras estratégicas, buscando mayor flexibilidad y eficiencia en el gasto público.

• Diálogo competitivo: El diálogo competitivo es un procedimiento especial de contratación autorizado por el Comité, aplicable únicamente a trabajos que requieran alta especialización en sectores o áreas específicas del conocimiento. Este mecanismo puede utilizarse en los siguientes casos:

- Cuando para satisfacer las necesidades del área usuaria sea imprescindible realizar un trabajo previo de diseño o adaptación de bienes o servicios disponibles en el mercado.
- La prestación del servicio o adquisición de bienes implique proyectos o soluciones innovadoras.
- No sea posible definir con precisión las especificaciones técnicas del proyecto por su complejidad.

Este mecanismo busca resolver requerimientos técnicos complejos, innovaciones tecnológicas y circunstancias específicas, sin necesidad de licitación pública o investigación de mercado previa.

• Adjudicación directa con estrategia de negociación: es un procedimiento excepcional que puede autorizar la Secretaría cuando, por razones de urgencia derivadas de eventos imprevisibles, no sea viable llevar a cabo una licitación pública o invitación a cuando menos tres personas. La Secretaría podrá autorizar que se lleve a cabo la contratación a través de este procedimiento cuando:

- La dependencia o entidad justifique a la Secretaría que la contratación es urgente por causa de acontecimientos imprevisibles.
- Sea necesario resolver asuntos que no admiten demora porque existe el riesgo de causar daños o perjuicios graves al Estado.
- No sea posible recibir los bienes, arrendamientos o servicios a tiempo mediante los procedimientos de licitación pública o invitación a cuando menos tres personas.

Asignación de contrato específico derivado de la suscripción de un acuerdo marco: Las reglas y características de este procedimiento se establecerán en el Reglamento de la Nueva LAASSP que para su efecto se expida.

4. Disposiciones transitorias

• Se abroga la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de enero de 2000 y sus modificaciones posteriores.

• El Ejecutivo Federal deberá realizar las reformas necesarias al Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en un plazo no mayor de 90 días hábiles, contados a partir del 17 de abril de 2025.

• Los procedimientos de contratación que se encuentren en trámite a la fecha de entrada en vigor del presente Decreto continuarán tramitándose hasta su conclusión conforme a las disposiciones vigentes al momento de su inicio.

vonwobeser.com

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