El Gobierno de Panamá incorporó oficialmente a Ecuador a la categoría migratoria conocida como Países Amigos, mediante el Decreto Ejecutivo No. 16 de 31 de agosto de 2026, publicado en la Gaceta Oficial No. 30601-B.
La norma modifica el Decreto Ejecutivo No. 416 de 13 de junio de 2012 e incluye a Ecuador dentro de la subcategoría de "Residente Permanente en calidad de nacionales de Países Específicos que mantienen relaciones amistosas, profesionales, económicas y de inversión con la República de Panamá".
La modificación amplía el listado de países cuyos nacionales pueden acogerse a este régimen migratorio especial, permitiendo a los ciudadanos ecuatorianos acceder a una de las categorías de residencia utilizadas en Panamá para fines profesionales, laborales, empresariales y de inversión.
A partir de la entrada en vigor del decreto, los nacionales de Ecuador podrán presentar solicitudes bajo esta categoría siempre que cumplan con los requisitos migratorios y documentales establecidos por la legislación panameña.Las solicitudes aprobadas otorgarán inicialmente una residencia provisional de dos años. Una vez cumplidos los términos, condiciones y requisitos previstos en la normativa vigente, los beneficiarios podrán solicitar posteriormente la residencia permanente.
Key facts
Panamá incorporó oficialmente a Ecuador al régimen migratorio de Países Amigos.
La medida se estableció mediante el Decreto Ejecutivo No. 16 de 31 de agosto de 2026.
Los ciudadanos ecuatorianos podrán solicitar esta categoría de residencia si cumplen los requisitos legales y documentales correspondientes.
Los solicitantes aprobados recibirán inicialmente una residencia provisional de dos años.
Posteriormente podrán solicitar la residencia permanente, sujeto al cumplimiento de las condiciones establecidas por la normativa vigente.
Contacto: Antonio Ruiz Rojas
Suscríbase a nuestro newsletter:
Nuestra presencia en redes sociales