Legislación · Panamá
Panamá incorpora a Ecuador al régimen migratorio de Países Amigos
El Gobierno de Panamá incorporó oficialmente a Ecuador a la categoría migratoria conocida como Países Amigos , mediante el Decreto Ejecutivo No. 16 de 31 de agosto de 2026, publicado en la Gaceta Oficial No. 30601-B.

El Gobierno de Panamá incorporó oficialmente a Ecuador a la categoría migratoria conocida como Países Amigos, mediante el Decreto Ejecutivo No. 16 de 31 de agosto de 2026, publicado en la Gaceta Oficial No. 30601-B.
La norma modifica el Decreto Ejecutivo No. 416 de 13 de junio de 2012 e incluye a Ecuador dentro de la subcategoría de "Residente Permanente en calidad de nacionales de Países Específicos que mantienen relaciones amistosas, profesionales, económicas y de inversión con la República de Panamá".
La modificación amplía el listado de países cuyos nacionales pueden acogerse a este régimen migratorio especial, permitiendo a los ciudadanos ecuatorianos acceder a una de las categorías de residencia utilizadas en Panamá para fines profesionales, laborales, empresariales y de inversión.
A partir de la entrada en vigor del decreto, los nacionales de Ecuador podrán presentar solicitudes bajo esta categoría siempre que cumplan con los requisitos migratorios y documentales establecidos por la legislación panameña.Las solicitudes aprobadas otorgarán inicialmente una residencia provisional de dos años. Una vez cumplidos los términos, condiciones y requisitos previstos en la normativa vigente, los beneficiarios podrán solicitar posteriormente la residencia permanente.
Key facts
- Panamá incorporó oficialmente a Ecuador al régimen migratorio de Países Amigos.
- La medida se estableció mediante el Decreto Ejecutivo No. 16 de 31 de agosto de 2026.
- Los ciudadanos ecuatorianos podrán solicitar esta categoría de residencia si cumplen los requisitos legales y documentales correspondientes.
- Los solicitantes aprobados recibirán inicialmente una residencia provisional de dos años.
- Posteriormente podrán solicitar la residencia permanente, sujeto al cumplimiento de las condiciones establecidas por la normativa vigente.
Contacto: Antonio Ruiz Rojas



