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Rita Pilar Soriano Cabrera

República Dominicana   

Áreas protegidas y su compatibilidad con el desarrollo económico y social de la República Dominicana: La necesaria reevaluación  

Rita Pilar Soriano Cabrera

La República Dominicana cuenta con una superficie territorial del 48,442 km2 y posee -al menos- 12,204.5 km2 de superficie terrestre protegida, lo que equivale al 25.32% del territorio nacional; esto sin contar con la superficie marina protegida que abarca el 10.8% de las aguas marinas dominicanas.

Sin espacio a duda, la República Dominicana cuenta con un medio ambiente que, además de exhibir una gran riqueza, resulta contar con una variedad envidiable. La fauna y la flora local han sido objeto de estudios y elogios durante décadas, cosa que nos ha colocado en muy buena posición cuando de evaluaciones y posicionamientos se trata.

Tomando en cuenta lo anterior, no es cuestión de azar que desde el año 2000 el país cuente con una Ley General de Medio Ambiente, fruto de la causa y lucha abrazadas por la mayoría de los dominicanos, en su afán de preservar -bajo un régimen legal particular- nuestro patrimonio natural.

En ese orden, la legislación anteriormente descrita define las áreas protegidas como "una porción de terreno y/o mar especialmente dedicada a la protección y mantenimiento de elementos significativos de biodiversidad y de recursos naturales y culturales asociados, manejados por mandato legal y otros medios efectivos".

De igual modo, la Ley No. 64-00 creó el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, que comprende todas las áreas de ese carácter -sean públicas o privadas-. Evidentemente, el interés de proteger los paisajes naturales de gran superficie, así como la belleza panorámica que, además, puede contener un patrimonio biológico excepcional de interés general, ha sido replicado por la mayoría de los Estados modernos, sin ser el dominicano la excepción.

Lo anterior no solo quedó limitado a la Ley No. 64-00, sino que, además, la República Dominicana cuenta con una Ley Sectorial de Áreas Protegidas número 202-04, la cual modula la aplicación del derecho en cuanto a las áreas protegidas. De igual forma, la legislación prevé una serie de mandatos para lograr su exitosa aplicación, los cuales van desde preservar los ecosistemas naturales y proteger cuencas hidrográficas, hasta promover actividades recreativas y de turismo en convivencia con la naturaleza.

En su artículo 5, numeral 7, la Ley No. 202-04 prevé que las actividades humanas en las áreas protegidas, especialmente las relacionadas a la investigación y el turismo, deberán ajustarse a las normas científico-jurídicas emitidas por el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales, a los fines de garantizar el mantenimiento de los procesos ecológicos vitales y asegurar la permanencia y sostenibilidad de las mismas. En ese orden, el artículo 14 prevé los objetivos de manejo y usos permitidos dependiendo de la categoría de manejo consciente con normas universalmente aceptadas de la Unión Mundial para la Naturaleza.

En la mayoría de los casos, los usos permitidos en las áreas en cuestión van desde investigación científica, ecoturismo, turismo, etc. Sin embargo, por ejemplo, las nuevas infraestructuras turísticas solo son permitidas en la categoría de "Paisajes Protegidos". Es aquí donde se hace necesaria la reevaluación de la compatibilidad de las áreas protegidas con el desarrollo económico y social del país.

Sabido es que el turismo es uno de los soportes más importantes de la economía nacional, cuya aportación al PIB es de más de un 16%. Para el primer trimestre del 2023 la República Dominicana había roto su propio record de llegada de turistas, alcanzando los dos millones. No obstante, si se toma en consideración el crecimiento sostenido que ha tenido el sector, deberá llegar el momento en el que nuestra propia capacidad de alojamiento, servicios y facilidades no alcanzará los niveles esperados. Es por esto que urge una evaluación integral de nuestro Sistema Nacional de Áreas Protegidas y, de ser necesario, replantear las restricciones para lograr mejores resultados sin dejar de proteger nuestros espacios naturalmente importantes.

La invitación deberá ser siempre a conservar nuestro patrimonio natural, pero dejando el espacio necesario para no perder de vista el desarrollo de las comunidades que conviven con esas zonas limitadas y que, a la vez, aportan al desarrollo del país. El porcentaje de nuestra extensión superficial que alcanzan las áreas protegidas es lo suficientemente elevado como para poner en peligro el crecimiento de las zonas donde se encuentran.

Tomando en cuenta todo lo anterior, debemos conservar y defender la compatibilidad de las áreas protegidas con nuestro crecimiento como país -en términos sociales y económicos- y esto solo se logra con el trabajo conjunto del sector público y el sector privado.

estrellatupete.com
 

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