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Michael Diaz and Javier Coronado

Estados Unidos   

La Nota de Cumplimiento Tripartita sobre Reportes Voluntarios de Violaciones de las Sanciones  

Durante el 2023, la División de Seguridad Nacional ("NSD") del Departamento de Justicia, el Buró de Industria y Seguridad ("BIS") del Departamento de Comercio y la Oficina de Control de Activos Extranjeros ("OFAC") del Departamento del Tesoro han implementado medidas agresivas para luchar contra los esquemas de evasión de Sanciones.

Por ejemplo, NSD nombró un Asesor Legal como Jefe para Investigaciones Corporativas y añadió 25 nuevos fiscales para hacer frente a la evasión de sanciones, las violaciones del control de las exportaciones y a delitos económicos similares.

La Oficina de Cumplimiento de las Exportaciones del BIS implementó un nuevo "sistema de doble vía" para priorizar las resoluciones e investigaciones en asuntos relacionados con la evasión del control de las exportaciones. OFAC ha designado a más de 300 personas y empresas, con puntos de contacto en más de 20 jurisdicciones, en un esfuerzo por evitar la evasión de las Sanciones.

Recientemente, NSD, BIS y OFAC publicaron una Nota de Cumplimiento Tripartita (la "Nota de Cumplimiento") sobre los Reportes Voluntarios de Posibles Violaciones de las leyes sobre Sanciones, control de exportaciones y seguridad nacional (los "Reportes Voluntarios"). En esta Nota de Cumplimiento, NSD incentiva a las empresas a revelar con prontitud posibles violaciones criminales de sanciones de EE.UU. y leyes de control de exportación.

Concretamente, las empresas pueden evitar la responsabilidad penal revelando voluntariamente las posibles violaciones, compartiendo todos los hechos relevantes no privilegiados, proporcionando a NSD acceso oportuno a los documentos e información, subsanando eficazmente cualquier deficiencia de cumplimiento e implementando un programa robusto de cumplimiento y ética. Esta política de cumplimiento se extiende a otros delitos empresariales relacionados con la seguridad nacional, incluidas las violaciones de las leyes contra la financiación del terrorismo y de la normativa administrada por el Comité de Inversiones Extranjeras en EE.UU.

Del mismo modo, en la Nota de Cumplimiento, BIS incentiva a las empresas a revelar voluntariamente posibles infracciones de los Reglamentos de Administración de Exportaciones y confirma que la cooperación oportuna y plena con BIS, dará lugar a sanciones civiles más bajas de conformidad con las directrices de liquidación de BIS, si la entidad que presenta el reporte se enfrenta a acciones legales. Por el contrario, la no revelación deliberada de potenciales violaciones significativas, la resistencia a llevar a cabo una investigación interna o los retrasos en abordar los vacíos de cumplimiento, serán tratados por BIS como factores agravantes a la hora de evaluar las sanciones correspondientes.

OFAC también incentiva las revelaciones voluntarias de aparentes violaciones de las sanciones. Como se destaca en la Nota de Cumplimiento, OFAC considera los Reportes Voluntarios como un factor atenuante en la determinación de las penalidades en los casos particulares. Además, en un caso en el que se justifique una sanción monetaria, un Reporte Voluntario que reúna los requisitos exigidos, puede dar lugar a una reducción del 50 por ciento del importe de la sanción propuesta. Al examinar un Reporte Voluntario, OFAC toma en consideración varios aspectos relacionados con la aparente infracción, incluida la existencia, naturaleza y eficacia del programa de cumplimiento de la empresa en el momento de la violación, así como las medidas correctivas aplicadas en respuesta a la aparente violación.

Sin embargo, las revelaciones voluntarias a OFAC no se considerarán Reportes Voluntarios en aquellos casos en los que (i) un tercero notifique a OFAC la aparente infracción porque la transacción fue bloqueada o rechazada por dicho tercero; (ii) la revelación incluya información falsa o engañosa; (iii) la revelación no sea por iniciativa propia (ej., la revelación se hace como resultado de una recomendación u orden de un organismo o funcionario federal o estatal, una revelación realizada sin la autorización de la alta dirección de la entidad, o en respuesta a una citación administrativa u otra investigación de OFAC); o (iv) la revelación es incompleta. Se evaluará caso a caso si la revelación de una aparente infracción a otro organismo constituye un Reporte Voluntario a OFAC.

Adicionalmente, la Nota de Cumplimiento destaca las importantes recompensas monetarias que los denunciantes pueden recibir de la Red para la Vigilancia de Delitos Financieros ("FinCEN") del Departamento del Tesoro, proporcionando información sobre sanciones e infracciones del control de las exportaciones. De hecho, la Nota de Cumplimiento confirma que, en consonancia con el marco de denuncia introducido por la Ley contra el Blanqueo de Capitales de 2020 y la Ley de Mejora de la Denuncia de Blanqueo de Capitales, ambas emitidas por el Congreso a principios del 2023, las acciones de aplicación exitosas relacionadas con ciertas violaciones del control de las exportaciones de EE.UU. podrían ser elegibles para recompensas financieras en virtud de las Disposiciones de Denuncia.

Comentario de DRT:

La Nota de Cumplimiento representa un esfuerzo conjunto de las tres agencias federales de los EE.UU. para informar mejor al sector privado sobre sus expectativas y proporcionar orientación a las empresas sobre el cumplimiento de las leyes relativas a las sanciones y al control de las exportaciones.
Dado que OFAC se centra cada vez más en los Reportes Voluntarios como factor de mitigación a la hora de evaluar la acción coercitiva apropiada en respuesta a una posible violación de las Sanciones, y el creciente interés del Gobierno de EE.UU. en la investigación y persecución de los delitos relacionados con las Sanciones, es importante que las empresas internacionales y las instituciones financieras, sus accionistas, directores, funcionarios y empleados, entiendan la Nota de Cumplimiento, e implementen y/o actualicen cuanto antes sus programas de cumplimiento.
DRT tiene una amplia experiencia asesorando a particulares y organizaciones internacionales en sus esfuerzos por garantizar el cumplimiento de las regulaciones OFAC. En DRT asistimos en la preparación de Reportes Voluntarios, revisión de transacciones, evaluaciones de cumplimiento de OFAC, diseño e implementación de Programas de Cumplimiento, y/o solicitudes de orientación interpretativa de OFAC o licencias específicas. 

Por Michael Diaz, Jr, Javier Coronado Diaz, Isabela Hernández-Peredo Martínez.

Michael Diaz, Jr., Socio Director Global
mdiaz@diazreus.com

Javier Coronado, Socio
jcoronado@diazreus.com
Tel: +1 305 375 9220

diazreus.com

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