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Edmond Frederic Grieger y Ariel Garfio

México
  

CNE regula almacenamiento eléctrico en México

April 28, 2026

Von Wobeser y Sierra | El 16 de abril de 2026, la Comisión Nacional de Energía (CNE) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las "Disposiciones administrativas de carácter general para la integración de Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica al Sistema Eléctrico Nacional" (DACGs). Estas disposiciones establecen el marco regulatorio para la instalación, interconexión, conexión y operación de los Sistemas de Almacenamiento de Energía Eléctrica (SAEE), así como las modalidades para su participación y agrupación. 
Las DACGs clasifican la participación de los SAEE en cinco modalidades, las cuales determinan el régimen regulatorio, los requisitos técnicos y los permisos aplicables: 

  • SAEE asociados a Centrales Eléctricas (SAEE-CE): Se consideran parte integrante de la central, por lo que no requieren permiso de almacenamiento independiente, debiendo ajustarse al régimen de permisos de generación. 
  • SAEE asociados a Centros de Carga (SAEE-CC): Integrados a la infraestructura del usuario para optimizar la demanda; no pueden inyectar energía a la red ni ser objeto de venta. 
  • SAEE asociados al Autoconsumo (SAEE-Autoconsumo): Actúan como accesorios para optimizar la gestión energética dentro del esquema de autoconsumo. No requieren permiso independiente siempre que cumplan con los parámetros del esquema principal. 
  • SAEE asociados a infraestructura de Transmisión y Distribución (SAEE-RNT/RGD): Infraestructura estratégica de propiedad exclusiva de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) para mantener la confiabilidad y seguridad del sistema. 
  • SAEE No Asociados (SAEE-No Asociados): Actividad independiente que requiere un permiso de almacenamiento otorgado por la CNE y faculta la participación directa en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM). 
Las disposiciones prevén la integración de SAEE de forma agrupada entre participantes que compartan el mismo carácter y ubicación, bajo supervisión del CENACE. Asimismo, las DACGs establecen la obligatoriedad de que los sistemas en operación o desarrollo se adecúen a la nueva normativa, la cual abroga el Acuerdo A/113/2024. Durante este periodo, se aplicará un sistema híbrido mientras se actualizan los permisos y los modelos de contrato. 

vonwobeser.com
 

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