Se constituye el Aula de Debate PeÌrez-Llorca/ICADE en Derecho Laboral, CompensacioÌn y Beneficios
Con el objetivo de convertirse en un punto de encuentro de profesionales vinculados al aÌmbito del Derecho Laboral en el que debatir temas de actualidad, la Universidad Pontificia Comillas y el despacho de abogados PeÌrez-Llorca han suscrito un acuerdo para poner en marcha el ‘Aula de Debate PeÌrez-Llorca/ICADE en Derecho Laboral, CompensacioÌn y Beneficios’.
La materia sobre la que versoÌ la primera sesioÌn fue las recientes modificaciones del CoÌdigo Penal con impacto en el Derecho del Trabajo.
Durante la primera jornada celebrada en torno a esta Aula de Debate, MariÌa JoseÌ LoÌpez AÌlvarez, Profesora Ordinaria de Derecho del Trabajo y Seguridad Social de Universidad Pontificia Comillas – ICADE, destacoÌ que "el objeto de esta iniciativa es crear un espacio de reflexioÌn, opinioÌn e intercambio de visiones sobre temas de actualidad en materia de Derecho del Trabajo con una perspectiva transversal".
Por su parte, Luis Enrique FernaÌndez PallareÌs, socio responsable del aÌrea de Laboral, CompensacioÌn y Beneficios de PeÌrez-Llorca, apuntoÌ que el propoÌsito de estas jornadas es "la divulgacioÌn praÌctica de cuestiones de actualidad en el aÌmbito del Derecho Laboral con un espiÌritu criÌtico para poder generar un debate constructivo".
Derecho Penal y Derecho Laboral, confluencias y divergencias
Entrando en materia, FernaÌndez PallareÌs pasoÌ a describir coÌmo en los uÌltimos años se ha incrementado significativamente la produccioÌn normativa en materia laboral, con textos, en algunas ocasiones ambiguos, que obligan a los jueces a realizar un mayor esfuerzo interpretativo. Este escenario, apuntoÌ el socio de PeÌrez-Llorca, "nos estaÌn llevando a situaciones en las que cuestiones no resueltas en el aÌmbito laboral pretendan resolverse a traveÌs del orden penal. Un ejemplo de ello es la reciente modificacioÌn del artiÌculo 311 del CoÌdigo Penal, que estaÌ generando un sinfiÌn de dudas".
A continuacioÌn tomaron la palabra los ponentes invitados a la sesioÌn, MariÌa Soledad Serrano Ponz, Secretaria General del Consejo EconoÌmico y Social e Inspectora de Trabajo y Seguridad Social, y AÌngel Javier Muñoz MariÌn, Fiscal de Sala y Coordinador de Seguridad Social y Salud en el Trabajo, donde expusieron diferentes argumentos sobre la idoneidad de tipificar penalmente conductas consideradas como iliÌcitos administrativos, y pusieron de relieve la figura del trabajador como un bien juriÌdico sumamente importante que, a su parecer, debe ser protegido. Asimismo, reflexionaron acerca de queÌ pasariÌa si no estuviesen tipificados determinados iliÌcitos laborales en el orden penal.
En cuanto a la derivacioÌn de asuntos desde el orden social al penal, los ponentes señalaron algunos de los maÌs frecuentes como las faltas de alta a la Seguridad Social, los delitos contra la Seguridad Social por la cuantiÌa de la deuda o los relacionados con la PrevencioÌn de Riesgos Laborales. Asimismo, Serrano Ponz y Muñoz MariÌn destacaron la excelente relacioÌn existente entre la InspeccioÌn de Trabajo y la FiscaliÌa y la fluidez del trabajo comuÌn entre estos oÌrganos.
Volviendo sobre la reciente y muy comentada modificacioÌn del artiÌculo 311 del CoÌdigo Penal, los ponentes señalaron que este es un precepto muy novedoso y que todaviÌa no se ha aplicado, pero que ya estaÌ generando algunas dudas derivadas de su redaccioÌn. A modo de ejemplo, Serrano Ponz y Muñoz MariÌn se preguntaban si un uÌnico incumplimiento del empresario pudiera dar lugar al iliÌcito penal o si este precepto, cuando menciona las foÌrmulas ajenas al contrato de trabajo, hace alusioÌn uÌnicamente a falsos autoÌnomos o falsos becarios. En consecuencia, ambos concluyeron la importancia de estar muy pendientes a coÌmo se interpretaraÌ y aplicaraÌ este controvertido artiÌculo.
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