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Andrés Dougherty

Guatemala
  

Eliminación del impuesto sobre herencias en Guatemala: entrevista con Andrés Dougherty

12 de Mayo de 2026

El abogado de Alegalis explica las implicaciones legales y prácticas del Decreto 6-2026, que elimina el impuesto sobre herencias, legados y donaciones por causa de muerte en Guatemala


Latin Counsel entrevistó a Andrés Dougherty, abogado de Alegalis, para analizar el alcance y las implicaciones prácticas de la reciente eliminación en Guatemala del impuesto sobre herencias, legados y donaciones por causa de muerte. Durante la entrevista, Dougherty examina los principales cambios introducidos por el Decreto 6-2026, su impacto en los procesos sucesorios y los desafíos legales y prácticos que aún persisten en materia de planificación patrimonial y sucesoria.

LATIN COUNSEL: ¿Qué cambió respecto al impuesto sobre herencias en Guatemala?

Andrés Dougherty: El Congreso aprobó el Decreto 6-2026, mediante el cual se eliminó por completo el impuesto sobre herencias, legados y donaciones por causa de muerte, un tributo que existía desde 1947.

En términos sencillos, esto significa que las personas ya no tendrán que pagar un impuesto al recibir bienes heredados, como una casa, un terreno u otro patrimonio familiar, sin perjuicio de otros impuestos que puedan resultar aplicables en casos específicos.

LATIN COUNSEL: ¿Por qué es importante esta reforma?

Andrés Dougherty: Porque muchas familias heredaban bienes pero no contaban con los recursos necesarios para pagar el impuesto correspondiente.

En muchos casos, esto generaba retrasos, sanciones o incluso obligaba a vender parte del patrimonio familiar para poder cumplir con las obligaciones de pago.
Con esta reforma, se elimina una carga económica que complicaba los procesos sucesorios para muchas personas.

LATIN COUNSEL: ¿Qué bienes se benefician más de este cambio?

Andrés Dougherty: Principalmente los bienes inmuebles, tales como:
• casas,
• apartamentos,
• terrenos,
• fincas,
• locales comerciales.

En Guatemala, gran parte del patrimonio familiar suele estar concentrado en bienes raíces, por lo que esta medida facilita considerablemente los procesos sucesorios.

LATIN COUNSEL: ¿La reforma aplica únicamente a nuevos casos?

Andrés Dougherty: No. También beneficia procedimientos que ya estaban en curso.
La ley establece que los procesos de herencia y donaciones por causa de muerte que aún se encontraban pendientes de liquidación fiscal podrán continuar sin necesidad de pagar este impuesto.

LATIN COUNSEL: Entonces, ¿ya no será necesario realizar trámites ante el Ministerio de Finanzas para pagar el impuesto?

Andrés Dougherty: Correcto. Uno de los cambios más importantes es que ya no será necesario obtener una liquidación fiscal ni efectuar pagos ante la administración tributaria para poder registrar bienes heredados.

Esto agiliza y simplifica los trámites tanto para las familias como para los profesionales involucrados en el proceso.

LATIN COUNSEL: ¿Esto significa que heredar ahora será completamente gratuito?

Andrés Dougherty: No necesariamente.
Aunque el impuesto sobre herencias desaparece, todavía existen otros gastos ordinarios dentro de cualquier proceso sucesorio, por ejemplo:

• honorarios notariales,
• publicaciones,
• avalúos,
• gastos registrales,
• y otros costos administrativos.

Lo que específicamente se elimina es el impuesto que se pagaba por recibir bienes heredados.

LATIN COUNSEL: ¿Por qué se decidió eliminar este impuesto?

Andrés Dougherty: Según el propio Decreto, el Congreso consideró que se trataba de un impuesto obsoleto, difícil de administrar y que generaba una recaudación reducida en comparación con los problemas que ocasionaba a las familias.

Además, recibir un bien de valor no necesariamente significa que la persona cuente con liquidez suficiente para pagar inmediatamente un impuesto.

El hecho de heredar un activo de alto valor puede incrementar el patrimonio de una persona, pero no necesariamente implica que exista la liquidez necesaria para cumplir con la obligación tributaria correspondiente.

LATIN COUNSEL: ¿Esta reforma ayudará a agilizar los procesos sucesorios?

Andrés Dougherty: Sí, definitivamente.
Anteriormente, muchos procesos se retrasaban debido a cuestiones fiscales relacionadas con el pago del impuesto.

Ahora, jueces, notarios y registros podrán avanzar directamente con los procedimientos sucesorios sin esperar liquidaciones fiscales.

LATIN COUNSEL: ¿Existe debate en torno a esta decisión?

Andrés Dougherty: Sí. Como ocurre con muchas reformas tributarias, existen opiniones divididas.

Algunas personas consideran que eliminar este impuesto beneficia principalmente a quienes poseen mayores patrimonios.

Otras sostienen que era un impuesto injusto, ya que gravaba bienes que en muchos casos ya habían tributado previamente.

Además, algunos especialistas señalan que esta medida va en contra de la tendencia internacional actual, donde muchos países están ampliando o fortaleciendo la tributación sobre herencias y patrimonios.

LATIN COUNSEL: Si tuviera que resumir esta reforma en una sola frase, ¿cómo la describiría?

Andrés Dougherty: Es una reforma orientada a facilitar los procesos hereditarios y evitar que las familias tengan que endeudarse o vender parte de su patrimonio únicamente para poder recibir bienes heredados.

LATIN COUNSEL: ¿La eliminación del impuesto significa que ya no es necesario planificar el patrimonio familiar?

Andrés Dougherty: No. Aunque la eliminación del impuesto representa un cambio importante, sigue siendo fundamental contar con una adecuada planificación patrimonial y sucesoria.

Estructurar correctamente el patrimonio familiar ayuda a:
• prevenir conflictos entre herederos,
• facilitar la administración de los bienes,
• proteger empresas familiares e inversiones,
• y reducir futuras complicaciones legales y retrasos.

Una buena planificación no se realiza únicamente por razones fiscales. También aporta orden, certeza y seguridad a largo plazo para las familias y las futuras generaciones.

alegalis.com

 

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