Legislación · México
Mexico: Entrada en Funciones de la Nueva Suprema Corte
Greenberg Traurig - En cumplimiento a la Reforma Judicial aprobada en septiembre 2024, el 1 de septiembre de 2025 entró en funciones la nueva integración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ("SJCN"), modificando la estructura y operatividad de la SCJN, como consecuencia de la reducción de once a nueve…

Greenberg Traurig - En cumplimiento a la Reforma Judicial aprobada en septiembre 2024, el 1 de septiembre de 2025 entró en funciones la nueva integración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ("SJCN"), modificando la estructura y operatividad de la SCJN, como consecuencia de la reducción de once a nueve ministros y la eliminación de sus Salas.
En consecuencia, el 4 de septiembre de 2025, la SCJN emitió el Reglamento de Sesiones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de Integración de las Listas de Asuntos con Proyecto de Resolución y el Acuerdo General 1/2025 (12a) del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que Regula la Recepción, Registro y Turno de los Asuntos de su Competencia. Dicho ordenamiento reglamenta el funcionamiento de la SCJN, de la siguiente manera:
I. Sesiones del Pleno.
Como regla general las sesiones serán públicas, de manera excepcional podrán ser privadas, cuando así lo determine su Presidencia.
Las SCJN sesionará de la siguiente manera:
• lunes y martes: Se destinarán para controversias constitucionales, acciones de inconstitucionalidad, recursos de inconformidad, incidentes de inejecución de sentencia, declaratorias generales de constitucionalidad, contradicciones de criterios, constitucionalidad de consultas populares, recursos de revisión en materia de seguridad nacional, juicios vinculados a coordinación fiscal, asuntos vinculados con el cumplimiento de sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
• miércoles: Se discutirán los asuntos relacionados con las materias penal y civil.
• jueves: Se destinarán a resolver asuntos de materias administrativa y laboral.
II. Orden del día.
La lista de asuntos a resolver los clasificará en las siguientes categorías:
• Asuntos urgentes: que comprenderá la revisión oficiosa de Decretos Presidenciales sobre suspensión de derechos y garantías;
• Asuntos prioritarios: vinculados a la defensa de grupos en situación de vulnerabilidad, asuntos en materia de competencia económica, medio ambiente o aquellos que así determine la SCJN;
• Asuntos de atención preferente: relacionados con la privación de la libertad, derechos de pueblos indígenas, derechos de menores, juicios agrarios colectivos, electorales; y
• Asuntos de término: atinentes a la materia tributaria y penal, y otros.





