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Costa Rica
  

Costa Rica impulsa cambios regulatorios en aditivos alimentarios y colorantes sintéticos

May 19, 2025

BLP Legal - En su rol como Presidencia Pro Tempore del Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO) durante el primer semestre de 2025, Costa Rica convocó el pasado 18 de marzo a una reunión de la Comisión Centroamericana de Aditivos Alimentarios (CCAA). El objetivo fue evaluar la eliminación del colorante sintético Eritrosina (rojo N.°3) del Reglamento Técnico Centroamericano (RTCA). Actualmente, se está a la espera de la confirmación de un Estado Parte; de unirse al consenso regional, la eliminación del aditivo entraría en vigor el 15 de julio de 2025. Esto conforme al artículo 8.2 del RTCA, que otorga un período de 12 meses para cambios de formulación y etiquetado, con una posible prórroga de 6 meses si así lo solicita la industria. Es importante señalar que, aunque la Eritrosina continúa permitida bajo el Codex Alimentarius, su uso se restringiría en las categorías y cantidades referenciadas por la FDA de los Estados Unidos.

Paralelamente, el Ministerio de Salud costarricense anunció que, en concordancia con recientes disposiciones de la FDA, se encuentra evaluando el uso de ciertos colorantes sintéticos derivados del petróleo por su posible impacto en la salud infantil. Como parte de este proceso, el Ministerio:

  • Insta a la industria alimentaria a revisar sus fórmulas y considerar alternativas naturales.
  • Iniciará una revisión técnica de los colorantes actualmente permitidos en el país, siguiendo recomendaciones internacionales.
  • Se compromete a implementar medidas regulatorias orientadas a la protección de la salud pública, en coordinación con la industria y conforme a estándares globales.
Certificados de Libre Venta de Japón aceptados para registros de EMB

El Ministerio de Salud ha oficializado la aceptación de certificados de libre venta emitidos por entidades japonesas para el registro sanitario de Equipos y Material Biomédico (EMB). Se reconocen los siguientes emisores:

  • Japan Association of Clinical Reagents Industries (JACRI)
  • Ministry of Health, Labour and Welfare (MHLW)
  • Overseas Medical Equipment Technical Assistants (OMETA)

Los requisitos para la apostilla del documento varían según la naturaleza de la entidad emisora. Para documentos de entidades privadas (como JACRI y OMETA, en ciertos casos), se exige notarización previa, la cual debe certificar la veracidad del documento o su fidelidad al original. En el caso de entidades oficiales como el MHLW, no se requiere notarización, y los documentos pueden ser apostillados directamente ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Japón. Para mayor detalle, puede consultarse el sitio oficial: MOFA Japan.

Prórroga de Registros Sanitarios de Medicamentos y EMB

El Ministerio de Salud emitió la resolución MS-DM-1054-2025, en vigor desde el 20 de febrero de 2025, mediante la cual se extiende por seis meses la vigencia de los registros sanitarios de medicamentos y EMB cuyo vencimiento ocurrió entre el 1 de septiembre y el 31 de diciembre de 2024. Esta medida excepcional busca atender situaciones sanitarias urgentes aplicando el principio de precaución, aunque se aclara que estos registros no serán elegibles para un proceso de renovación acelerada.

Eliminación del requisito de tecnólogo de alimentos en comercios minoristas

Mediante la resolución MS-DM-RC-1012-2025, emitida el 19 de febrero de 2025, el Ministerio de Salud eliminó la obligatoriedad de contar con un tecnólogo de alimentos en establecimientos de venta directa al público como sodas, restaurantes y panaderías. Esta disposición aclara que el denominado «Riesgo B», aplicable a locales con capacidad para más de 100 personas, se restringe únicamente a actividades como restaurantes y servicios de comida móvil. Por tanto, estos comercios no se consideran parte de la industria alimentaria a efectos de requerir un profesional en tecnología de alimentos, siempre y cuando cumplan con la normativa sanitaria vigente.

blplegal.com

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