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Venezuela
  

El SENIAT emite Providencia Administrativa

October 26, 2022

Venezuela: El SENIAT emitió Providencia Administrativa mediante la cual se derogó la cualidad de agentes de percepción del IVA de los fabricantes, productores artesanales e importadores de bebidas alcohólicas
 
Mediante la Providencia Administrativa No. SNAT/2022/000055, publicada en Gaceta Oficial el 29 de septiembre de 2022 (la "Providencia 0055")1, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria ("SENIAT") derogó la Providencia que designó como agentes de percepción del Impuesto Al Valor Agregado ("IVA") a los Fabricantes Productores Artesanales e Importadores de Bebidas Alcohólicas (’’Providencia 0018’’)2.

En profundidad

En general, el impuesto al valor agregado (’’IVA’’), grava las enajenaciones e importaciones de bienes muebles corporales y la prestación e importación de servicios independientes. Asimismo, los agentes de percepción son aquellas personas naturales o jurídicas que por su situación o características específicas, la ley o una autorización administrativa, les impone la obligación de recibir (en nombre de la Administración Tributaria) un tributo del contribuyente, para luego enterarlo a la autoridad tributaria correspondiente, en los lapsos y bajo los mecanismos establecidos en la Ley.
 
El 8 de mayo de 2015, entró en vigencia la Providencia 0018 mediante la cual se designó como agentes de percepción a los fabricantes, productores artesanales e importadores de bebidas alcohólicas. Bajo la Providencia 0018 dichos agentes de percepción tenían la obligación de percibir el cien por ciento (100%) del IVA calculado sobre la base de la diferencia entre el precio de venta al público marcado en la etiqueta o en el cuerpo de los envases y el precio total facturado por el responsable3. El pasado 29 de septiembre, la Providencia 0055 derogó dicha obligación y, a tales efectos, se establecieron los siguientes lineamientos:
Los expendedores de bebidas alcohólicas que aun posean inventario sobre el cual se haya percibido el IVA, no podrán incluir el IVA en sus facturas hasta agotar dicho inventario.
 
A partir de la entrada en vigencia de la Providencia 0055, todos los fabricantes, productores artesanales e importadores de bebidas alcohólicas, deberán declarar y pagar el IVA ordinariamente de conformidad con la leyes vigentes en la materia.4
 
La Providencia 0055 entró en vigencia a partir de su publicación en Gaceta Oficial, el 29 de septiembre de 2022.

Baker & McKenzie

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