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Perú
  

Tasas para el pago del impuesto a la renta 2017 son modificadas en el Perú

December 27, 2016

Después de obtener la aprobación por parte del Congreso peruano para que se le otorgue Facultades Legislativas, el Poder Ejecutivo ha dictado una serie de medidas que tienen por objetivo ampliar la base tributaria e impulsar la formalización empresarial.

Precisamente, una de las acciones que entrará en vigencia a partir del mes de Enero, mediante el Decreto Legislativo N° 1261, es la modificación de las tasas establecidas para el pago del Impuesto a la Renta durante los períodos 2017.

Es así como las personas gravadas con el pago de impuesto en tercera categoría deberán pagar 2.5% más de lo que se había calculado para los próximos dos años. 

A continuación presentamos las nuevas tasas que los ciudadanos deberán pagar de acuerdo ley:

Tasa del  5% por dividendos de personas naturales domiciliadas en el país, se incluye cualquier otra forma de distribución de utilidades. Según la Ley 30296, estaba prevista una tasa del 8% para los ejercicios 2017 y 2018.

Tasa del 5% por dividendos de personas naturales no domiciliadas en el país. De acuerdo  a la Ley 30296, estaba prevista una tasa del 8% para los ejercicios 2017 y 2018.

Tasa del 29,5% para rentas de tercera categoría. Conforme a la Ley 30296, estaba prevista una tasa del 27%.

Tasa del 5%adicional por dividendos presuntos. Se consideran como dividendos presuntos a los gastos sustentados con comprobantes falsos, no fidedignos, o emitidos por sujetos con baja del RUC, o por sujetos no habilitados a emitirlos, o constituyan renta de sus partes vinculadas no domiciliadas, no sujetas a control.

Tasa de renta de obligaciones al portador, las personas jurídicas que paguen o acrediten rentas de obligaciones al portador u otros valores al portador, deberán retener por concepto de impuesto un 29,5% de los importes pagados o acreditados. Para los ejercicios 2017 y 2018 estaba prevista una tasa del 27% 

Tasa por distribución de dividendos, las personas jurídicas que distribuyan dividendos o cualquier otra forma de utilidades, retendrán de las mismas el 5%, excepto cuando la distribución se efectúe a favor de personas jurídicas domiciliadas. Se había previsto una tasa de 8%.

Tasa por fondos de inversión, las sociedades administradoras de fondos de inversión retendrán el impuesto aplicando una tasa del 29,5% al contribuyente.

Para mayor información puede escribirnos a las siguientes direcciones de correo electrónico:  omago@omcabogados.com.pe y marketing@omcabogados.com.pe .

OMC Abogados & Consultores


 

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