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Fotografía: Patrizia Sangalli (Presidenta del Capitulo Italiano del CEA, Italia)
 

Costa Rica
  
 Abril Villegas


XIV Congreso de Arbitraje Internacional (CAI Costa Rica 2023)

March 01, 2023

Este mes de febrero se celebró el XIV Congreso de Arbitraje Internacional (CAI Costa Rica 2023). El congreso de arbitraje internacional más grande del país y uno de los congresos más importantes en la región. Participaron más de 200 destacados profesionales y expertos en el campo del arbitraje internacional de todo el mundo, para discutir temas relevantes y actuales en esta área. Además, esta edición conllevaba una especial celebración al aniversario de 100 años de la Corte de la Cámara de Comercio Internacional (ICC por sus siglas en inglés). Definitivamente fue un evento digno de dicha celebración, con una organización de lujo por parte de la ICC Costa Rica, cuyos miembros trabajaron arduos meses en la coordinación y preparación de todos los detalles.

Este congreso ha sido reconocido en el mundo del arbitraje internacional, por permitir a los participantes intercambiar conocimientos y discutir los desafíos actuales en esta área. Ayuda a fomentar el desarrollo académico, mediante la comprensión de los problemas y desafíos que enfrenta el arbitraje y la resolución de disputas comerciales por medio de profesionales con gran trascendencia y experiencia en la materia. Asimismo, es una oportunidad para fortalecer las relaciones entre los profesionales del arbitraje y las instituciones que promueven su uso en todo el mundo.

Este año hubo mesas redondas y conferencias a cargo de destacados expertos en arbitraje, tanto a nivel regional como global, que compartieron sus experiencias y celebraron el retorno de la presencialidad que tanto se extraña en este periodo post pandémico. Se abarcó una amplia gama de temas en el arbitraje, como la necesidad de fortalecer las relaciones con la judicatura, la importancia de implementar y fortalecer la mediación, la necesidad de prestar mayor atención a la planeación financiera, la clara conceptualización de los daños para obtener una correcta compensación, el correcto manejo de la teoría del caso y, los impactos del uso de las distintas tecnologías.

Aniversario: 100 años de la Corte ICC


(Izq.-Der.): María Fernanda Garza, Mariamalia Guillen (Presidente de la ICC Costa Rica) y Andrea Hulbert (Presidenta de la Comisión de Arbitraje y RAC, ICC Costa Rica)

La Corte de la Cámara de Comercio Internacional (ICC) es la institución arbitral de mayor proyección internacional y está de aniversario, por sus 100 años de existir. Por lo que, se le dedicó un especial espacio a conmemorar su historia y principales contribuciones para el desarrollo del Instituto de Arbitraje y la Resolución Alternativa de Conflictos. Andrea Hulbert, Presidenta de la Comisión de Arbitraje y ADR de la ICC Costa Rica, expuso 5 de las principales contribuciones.

Como la más sobresaliente, se refirió al escrutinio de los laudos el cual "consiste en un procedimiento previo a la firma de los laudos por el tribunal arbitral". Es decir que el tribunal debe "someterlo, en forma de proyecto, a la Corte" quien se encarga de "ordenar modificaciones de forma y, respetando la libertad de decisión del tribunal arbitral" pudiendo inclusive, "llamar su atención sobre puntos relacionados con el fondo de la controversia."

Como una segunda contribución, se resaltó el proceso que inició la Corte en 2022 para la publicación de los laudos, y con esto lograr mayor transparencia.

Tercer aspecto relevante, fue la implementación de la reducción sobre los honorarios de los árbitros, cuando retrasan sin justificación la redacción de los laudos. "En un 41% de los casos entre 2016-2021, se redujeron los honorarios del tribunal".

Como cuarto punto, se refirió a la implementación del proceso abreviado, el cual tiene una modalidad muy reciente y representa una reducción de costos de hasta el 20%, y con una duración de máximo 6 meses. "En ese particular, nuevamente me gustaría mencionar las estadísticas para comprobar que esas fueron medidas acertadas: de 2012 hasta diciembre 2022, tuvimos 212 solicitudes de árbitro de emergencia y desde 1 de marzo de 2017 hasta 1 de diciembre de 2022, 495 procedimientos abreviados".

Finalmente, como quinto punto, probablemente de los más novedosos, fue el lanzamiento de "la plataforma ICC Case Connect": una plataforma de manejo de casos enfocada en las necesidades de los usuarios externos.  El sistema es opcional, pero según la Sra. Hulbert "la intención es que en algunos meses sea obligatorio para casos nuevos, por tratarse de la opción más moderna y más eficiente"

Finalmente, es indispensable destacar que, erróneamente se cree que el arbitraje ante la ICC es únicamente para procesos complejos e internacionales. Sin embargo, en los últimos años la ICC ha notado un cambio, principalmente en algunos países de América Central y América Latina. Por ejemplo: según señaló la panelista Hulbert "25% de todos los casos ICC en 2021 involucran a partes de la misma nacionalidad – lo que nos lleva a concluir que son casos domésticos. Un ejemplo de este crecimiento de casos domésticos ICC en América Latina es lo que vemos en Brasil y México donde el número de casos ICC ha crecido mucho en los últimos 3 años".

Asimismo, en lo referente a la aplicación de la mediación, la Corte de la ICC se encuentra en una posición de "partner de las empresas" cuyo objetivo, según exponen las diversas representantes de la ICC, es proporcionar diferentes opciones de herramientas de resolución de conflictos para situaciones diversas: como dispute boards, mediación, procedimiento abreviado y arbitraje regular.

Igualmente, respecto a la diversidad en el arbitraje, según las estadísticas de la corte, en Latinoamérica se reporta un 72.1% de participación de hombres y 27.9% de mujeres. Es decir, hay mucho por mejorar aún sobre este asunto en el comercio internacional.

En esta línea, cabe resaltar que, esta edición del Congreso no solo celebró el primer centenario de la Corte ICC, si no a la vez la primera presidenta mujer de la Cámara de Comercio Internacional, María Fernanda Garza. Como panelista, Garza expuso su interesante y compleja trayectoria en la ICC, donde inició desde los 23 años como representante de una PYME en México, su país que la vio crecer. Además, enfrentó todo tipo de adversidades como primera empresaria mujer y mamá, en dicha cámara.

No obstante, ante una de las preguntas que se le realizó sobre el trabajo de las mujeres dentro de la ICC, y las diversas comisiones de trabajo, respondió que "como mujeres debemos participar y cooperar en las mismas comisiones que todos los demás porque tenemos las mismas obligaciones y dificultades como empresarios". Expuso sus experiencias y como estas la han llevado a liderar proyectos de trascendencia mundial.

Judicatura y Arbitraje


(Izq. – Der.): José María Alonso (José María Alonso Abogados, España), José Rafael Fernández (Arbitrat Law, Costa Rica) y Jesús Remón (Uría Menéndez, España)

Como parte de la exquisita presencia de profesionales de larga trascendencia y experiencia en el arbitraje internacional, los líderes en la materia José María Alonso y Jesús Remón de España junto con José Rafael Fernández de Costa Rica, deleitaron a los participantes con unos de los paneles que más dio de que hablar en el congreso. Los Sres. Alonso, Remón y Fernández conversaron sobre la intervención judicial en los temas de competencia arbitral y nulidad de laudos.

Como parte de las recomendaciones que brindaron los profesionales expertos en arbitraje internacional, fue la importancia de que los poderes del Estado dejen de mirar al Arbitraje con desconfianza y como una competencia. Que, por el contrario, de parte de los profesionales arbitrales existe una expectativa de que el juez y las cortes judiciales actúen como una garantía y no como un riesgo para el arbitraje.

Es decir, que los poderes del Estado cumplan una función más colaboradora y no de mera vigilancia, en aprovechamiento del ius imperium que ostenta por su naturaleza. Esto significa que el Estado tiene la capacidad de hacer cumplir las leyes y las decisiones judiciales, incluso mediante el uso de la fuerza si es necesario y es que, aunque el arbitraje es un proceso autónomo e independiente del sistema judicial, el ius imperium de los jueces puede ser útil en ciertas etapas del proceso arbitral como en el reconocimiento de laudos mediante la aplicación de medidas coercitivas, la orden de medidas cautelares, entre otros.

Lo esencial es que exista pleno respeto por parte de los jueces hacia la competencia y potestad de los árbitros para dirimir el conflicto; sin sustituir con su criterio el criterio del árbitro. Asimismo, hay que recordar que los esfuerzos para que se mantengan y cumplan los derechos fundamentales establecidos en la Constitución Política, corresponden a los jueces de la República. Por lo que, debe a su vez, existir pleno respeto a la autonomía de la voluntad de las partes, como lo es la libre elección del método de resolución de conflictos que desean utilizar.

La Mediación y la Convención de Singapur


George Lim (Senior Counsel del Singapore Bar)

Por otra parte, expertos en Mediación y Conciliación de Panamá, Costa Rica y Singapur con la especial participación de George Lim, expusieron las dificultades que enfrentan estos métodos de resolución alternativa de conflictos y los beneficios que se ven reflejados en los procesos judiciales y arbitrales internacionales. El Sr. Lim, mediador con más de 40 años de experiencia, miembro del Colegio de Abogados de Singapur desde 1981 y nombrado Senior Counsel de dicho Colegio desde 2010, fungió como Consultor de Mediación de Singapur para el grupo de trabajo II de UNCITRAL que dio lugar a la "Convención de las Naciones Unidas sobre los Acuerdos de Transacción Internacionales Resultantes de la Mediación" hoy conocida como la Convención de Singapur sobre Mediación.

En este esta oportunidad se discutió la importancia de implementar con mayor frecuencia las cláusulas escalonadas para promover la implementación de la mediación y como incluir la mediación en una cláusula de arbitraje puede humanizar el proceso al dar a las partes la oportunidad de discutir el problema de forma más colaborativa y llegar a una solución que funcione para ambas partes. Esto puede ser especialmente útil en disputas en las que las partes desean preservar una relación comercial o personal, ya que la mediación puede ayudar a evitar que la situación se vuelva hostil o fracturada. Además, la inclusión de la mediación en una cláusula de arbitraje puede ahorrar tiempo y costos, ya que el proceso de mediación suele ser menos costoso y más rápido que un arbitraje o un proceso judicial.

La discusión en este panel se tornó muy interesante y de gran relevancia para el país, cuando el Sr. Lim expuso los beneficios de firmar y ratificar la Convención, cuestión que aún se encuentra en proceso por parte del Gobierno de la República de Costa Rica. Como parte del público, expuso sus preocupaciones la ex ministra de comercio exterior, Dyalá Jiménez Figueres, quien ha luchado porque finalmente se firme y ratifique la Convención en el país. Ante esta intervención, también se pudo observar la respuesta positiva del ministro de justicia y paz, el señor Gerald Campos Valverde, quien además expuso las dificultades que enfrentan actualmente los poderes de la República y por qué la Convención es necesaria y urgente para agilizar y mejorar el sistema de justicia.

Manejo de la teoría del Caso

Otro de los paneles que llamó la atención de los distintos profesionales, fue el de la Teoría del Caso, desde la perspectiva del árbitro y el correcto manejo que deben darle los litigantes. Como lo expusieron los panelistas, la teoría del caso es un hilo conductor que el abogado tiene que seguir durante el procedimiento arbitral y que comprende de 3 elementos: teoría jurídica, hechos y pruebas. Debe siempre existir una correlación para que se pueda denominar teoría del caso.

La teoría del caso es la estrategia legal que se utiliza para presentar los hechos y argumentos de una parte en el proceso arbitral. Esta estrategia debe ser coherente, persuasiva y basada en hechos y evidencias. Algunos de los motivos por los que es importante el correcto manejo de la teoría del caso en el arbitraje son los siguientes:

Claridad en la presentación de los hechos y argumentos: Esto facilita la comprensión del árbitro y aumenta las posibilidades de que el argumento sea convincente.

Identificación de los elementos clave del caso: Una teoría del caso bien estructurada le permite al abogado centrarse en los puntos más importantes y evita que el árbitro se distraiga o se confunda con información innecesaria.

Argumentos sólidos y coherentes: La teoría del caso permite al abogado identificar los argumentos más sólidos y coherentes para presentarlos de manera clara y convincente.
Persuasión efectiva: Una teoría del caso bien diseñada puede persuadir al árbitro de la validez de la posición de la parte.

Asimismo, existen, según los profesionales en la materia, 7 errores esenciales que no deben cometer los abogados litigantes:

Dejar de seguir la Teoría del Caso: Este es el error más recurrente. Los litigantes inician el proceso con sus alegaciones, y conforme avanza el proceso van abandonando esas alegaciones. Por lo que, es recomendable, definir una estrategia para que esto no suceda, conocer bien el caso, para que no pierdan credibilidad.

Proponer varias teorías: Está bien protegerse, pero "no puede ser que los mismos hechos y pruebas sustente 6 o 7 teorías jurídicas distintas". Pierde sentido y, por ende, credibilidad. Lo recomendable es mantenerse firme con una sola teoría. Esto demuestra más fortaleza y seguridad.

Que la Teoría del Caso aparezca de forma clara en una etapa muy avanzada: Esto sucede cuando en los escritos no se observa el hilo conductor y solo se contestan los hechos. La teoría del caso aparece más tarde, en la audiencia. Esto afecta la credibilidad y la solidez del caso. Pareciera ser un aspecto positivo, pero normalmente termina jugando en contra.

Exceso de hechos y pruebas: Cuando existe una excesiva cantidad de hechos y pruebas sin correlación a la teoría del caso puede afectar la defensa del mismo. Es comprensible que algunas veces esto suceda por solicitud de los clientes. No obstante, deben recordar que "NO means NO" y la función del abogado es poder controlar esos ánimos del cliente.

Que la Teoría del Caso no sea simple: El abogado debe ser capaz de exponer su teoría del caso de forma clara y sencilla (si no, se entiende que no lo tiene claro o el caso es malo). Debe enfocar, centralizar y simplificar su teoría jurídica, ya que una redacción extensa es peligrosa.

Dejar "cabos sueltos": Es decir, que la teoría del caso no explique todos los hechos y pruebas presentados. Es importante ser capaz de encajar los hechos (también los de la contraparte) en la teoría del caso. El "cabo suelto" puede distraer al tribunal y éste puede darle más atención de la que era necesaria.

Que la Teoría del Caso no mantenga una lógica: Deben tener la capacidad de demostrarle al Tribunal que tienen la experiencia o que es algo que tiene sentido común.

En conclusión, el correcto manejo de la teoría del caso es esencial para el éxito en cualquier proceso de arbitraje. Una teoría del caso bien estructurada permite presentar los hechos y argumentos de forma clara y organizada, identifica los elementos clave del caso, argumentos sólidos y coherentes, y convence al árbitro de la validez de la posición de la parte.

El uso de las nuevas tecnologías en el Arbitraje Internacional

A lo largo de las distintas temáticas analizadas durante el congreso, se discutió sobre el impacto significativo que tienen las tecnologías en los procesos arbitrales. Se han creado nuevas tecnologías a medida que avanza la tecnología y evoluciona la práctica legal, por lo que, se enfatizó en la Inteligencia Artificial (IA), la realidad virtual como el metaverso, la realidad aumentada y los hologramas.

Por un lado, la IA actualmente ya ayuda a los abogados a realizar tareas rutinarias y repetitivas de manera más eficiente, como la revisión de documentos y contratos, la búsqueda de jurisprudencia y la gestión de datos legales. Además, libera tiempo para que los profesionales puedan centrarse en tareas más creativas e importantes, como la resolución de disputas y la estrategia legal.

Por otro lado, la realidad aumentada y realidad virtual (RA/RV) pueden tener un impacto significativo en la forma en que se resuelven las disputas legales. Estas tecnologías pueden ayudar a los abogados a presentar pruebas de manera más efectiva y persuasiva, y permitirles demostrar la evidencia de manera más visual y detallada. Por ejemplo, los abogados pueden utilizar la realidad aumentada para mostrar detalles complejos en construcciones o accidentes, y permitir a los árbitros y jueces examinar la evidencia de cerca. Además, la realidad aumentada y realidad virtual también pueden permitir la comparecencia de testigos a distancia, incluso si están en otra ciudad o país. Esto puede ser particularmente útil en casos internacionales o en disputas en las que un testigo clave no pueda asistir personalmente a la audiencia en el centro arbitral.

También, con una exposición muy completa e interesante por parte de Patrizia Sangalli, de la cual los participantes pudieron aprender sobre los hologramas y como estos no son lo mismo que la realidad virtual. Un holograma es una imagen tridimensional proyectada en el espacio utilizando la luz y aunque ambas tecnologías tienen el objetivo de crear una experiencia inmersiva, la realidad virtual crea un mundo completamente nuevo y artificial. En otras palabras, el holograma muestra objetos tridimensionales en el mundo real, es una mezcla entre lo real y lo virtual.

Como conclusión general, los profesionales en esta materia concordaron en que, estas nuevas tecnologías también pueden plantear desafíos para los abogados. Por ejemplo, el uso de algoritmos para tomar decisiones legales puede aumentar el riesgo de sesgos y discriminación, lo que puede afectar negativamente a los grupos vulnerables. Además, la automatización de ciertas tareas legales puede amenazar los empleos de los abogados y afectar la forma en que se prestan los servicios legales. Por lo tanto, siempre es importantes que los profesionales en Derecho comprendan y se adapten a los cambios en el panorama legal impulsados por la tecnología, perseverando los aspectos positivos del Ser Humano, como lo son:

Creatividad: Los seres humanos tienen la capacidad de crear nuevas ideas, conceptos y soluciones creativas a problemas complejos. Aunque la IA puede generar ideas y soluciones basadas en algoritmos y datos, todavía no puede igualar la creatividad humana.

Empatía: Los seres humanos pueden sentir empatía, compasión y simpatía hacia los demás, lo que les permite relacionarse y comprender las emociones y necesidades de otras personas. Aunque la IA puede simular algunas emociones y respuestas, todavía no puede sentir empatía de la misma manera que los seres humanos.

Flexibilidad: Los seres humanos son capaces de adaptarse a diferentes situaciones y contextos de manera flexible, y pueden cambiar su comportamiento y estrategias según las circunstancias. Aunque la IA puede aprender y ajustar su comportamiento a partir de datos, no tiene la misma capacidad de flexibilidad y adaptabilidad que los seres humanos.

Juicio moral: Los seres humanos tienen la capacidad de tomar decisiones basadas en principios éticos y morales, y pueden evaluar situaciones complejas y tomar decisiones informadas. La IA todavía no puede igualar esta capacidad de juicio moral y puede estar limitada por sus algoritmos y programación.

En resumen, aunque la IA tiene varias ventajas en términos de velocidad y precisión, los seres humanos todavía tienen una serie de habilidades únicas que les permiten superar a la IA.

La participación de expertos en procesos arbitrales


Ignacio Palacios (Quantum Global Solutions, España)

Este reconocido y provechoso evento concluyó con un panel de expertos que presentaron sus servicios y experiencias en procesos arbitrales, permitiendo que expertos en arbitraje compartan sus La celebración del CAI Costa Rica, no solo es un beneficio para los profesionales en Derecho, sino que a la vez permite la creación de espacios de intercambio de conocimientos y experiencias con expertos en otras materias, como la Ingeniería, la Economía, Construcción, Gestión de Proyectos, entre otros.

La participación de expertos o peritos en procesos arbitrales es una práctica común y muy valiosa para garantizar la resolución justa y efectiva de disputas. Los expertos o peritos son profesionales con conocimientos especializados en un área específica, que son contratados por una de las partes o por el tribunal arbitral para proporcionar una opinión técnica o científica en relación con un asunto en disputa y son de gran utilidad en una variedad de situaciones, tales como:
Interpretación de pruebas.
Asesoramiento técnico.
Evaluación de responsabilidades.
Pruebas de audiencia.

En resumen, la participación de expertos o peritos en procesos arbitrales puede ser esencial para asegurar la resolución justa y efectiva de disputas en áreas técnicas o científicas.

La celebración del Congreso de Arbitraje Internacional del CAI Costa Rica, ICC es fundamental para el intercambio de conocimientos académicos; promueve el desarrollo del arbitraje y la resolución de disputas comerciales y fomenta la creación de redes y promoviendo la región como un lugar atractivo para la inversión y el comercio.


Abril Villegas para Latin Counsel
Asociada en BLP, Costa Rica
Miembro de Junta Directiva del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica.

Abril es Asociada de BLP en la oficina de San José. Se especializa en la práctica de Resolución de Conflictos. Brinda asesoría en procesos de negociación y conciliación a clientes nacionales e internacionales, para dirimir controversias de previo a acudir a la sede arbitral o judicial. Asimismo, trabaja en la representación de nuestros clientes ante los procesos judiciales y arbitrales. 
Su experiencia se concentra en la resolución de controversias judiciales y arbitrales en materia comercial, así como civil y penal, con un enfoque especializado en asuntos de Construcción. Asimismo, tiene experiencia en la asesoría sobre redacción de Contratos y análisis de riesgos de responsabilidad. 
Se unió al equipo de BLP como asistente legal en 2017, siendo nombrada Asociada en 2020. Actualmente, Abril es miembro de la Comisión LGBTI+. Previo a su incorporación a la firma, fue asistente legal en la firma Oller Abogados. Cuenta con una especialización en Arbitraje Comercial Internacional de American University Washington College of Law.

Membresías:

- Young International Arbitration Group (YIAG) de London Court of International Arbitration (LCIA)
- Comisión de Arbitraje Internacional y RAC de ICC Costa Rica
- Comisión de Arbitraje de la IBA
- ICDR Young & International (Y&I) 
- Junta Directiva del Colegio de Abogados y Abogadas de Costa Rica
- Directora de la Revista El Foro

avillegas@blplegal.com
 

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